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Foto del escritorOrtolá-Dinnbier Abogados de Familia

Regímenes Económico Matrimoniales en España: nociones básicas.


Introducción: Los regímenes económico matrimoniales son un aspecto fundamental del derecho de familia en España. Estos regímenes determinan cómo se gestionan los bienes y las deudas durante el matrimonio, así como la distribución de los mismos en caso de divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges.

En este post, exploraremos de modo sencillo los principales regímenes económico matrimoniales en España, sus características, ventajas y desventajas.


Régimen de Separación de Bienes: En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge mantiene la propiedad y la administración de sus propios bienes, así como la responsabilidad de sus deudas. Los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen exclusivamente al cónyuge que los adquirió. En caso de divorcio o fallecimiento, y en caso de que los cónyuges no hayan adquirido bienes en común o contrarido deudas conjuntas, no hay una comunidad de bienes o deudas a repartir, lo que puede simplificar el proceso.


Régimen de Gananciales: El régimen de gananciales es el régimen económico matrimonial por defecto en los territorios de derecho civil común en España, a menos que los cónyuges opten por otro régimen o establezcan capitulaciones matrimoniales. Debe tenerse en cuenta que existen territorios en los que, por existir derecho foral propio, ocurre lo contrario: si los cónyuges no pactan otro régimen econñomico se les aplica el supletorio en ese territorio que puede ser el de separación de bienes.

En esterégimen los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran gananciales y son propiedad común de ambos cónyuges, a menos que se demuestre lo contrario. En caso de divorcio o fallecimiento, los bienes gananciales, al igual que las deudas se reparten por igual entre los cónyuges.


Capitulaciones Matrimoniales: Las capitulaciones matrimoniales son acuerdos que los cónyuges pueden establecer antes o durante el matrimonio para modificar el régimen económico matrimonial predeterminado por la ley. Estos acuerdos permiten a las parejas definir el régimen económico que quieren que rija en su vida matrimonial, estableciendo incluso reglas específicas sobre la propiedad y la administración de los mismos, así como adaptar el régimen económico matrimonial a sus necesidades y preferencias de los cónyuges, pero requieren un acuerdo mutuo y pueden ser complejas de negociar.


Ventajas y Desventajas de los diferentes regímenes economico matrimoniales:

  • Separación de Bienes: Ofrece una mayor autonomía y protección de los bienes individuales, pero puede dificultar la gestión de los asuntos financieros durante el matrimonio.

  • Gananciales: Fomenta la solidaridad económica entre los cónyuges y facilita la gestión de los bienes comunes, pero puede generar conflictos en caso de separación o divorcio.

Conclusión: Los regímenes económico matrimoniales son una parte integral del derecho de familia español que determina cómo se gestionan los bienes y las finanzas durante el matrimonio y en caso de separación o divorcio. Los cónyuges puedes someterte al régimen económico que les corresponda por su vecindad, o pueden elegir el que les convenga otorgando capitulaciones matrimoniales ante notario, ya sea optando por un régimen diferente al que les correspondería por aplicación de la ley, ya sea definiendo clausulas particulares sobre ello.


En todo caso, resulta fundamental para los cónyuges conocer perfectamente las diferentes implicaciones y consecuencias que mantiene la elección del régimen económico matrimonial, incluso las medidas judiciales que están aparejadas a dichos regímenes (como pudiera ser, la compensación por trabajo doméstico del art. 1438 del Codigo Civil), por lo que debe siempre recibirse el adecuado asesoramiento previo por un abogado especializado en Derecho de Familia.


Nos tiene a su disposición para ello, y para cualquier otra consulta que necesite resolver en el ámbito de nuestra especialidad.

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